No todos los lazos o parentescos pueden atribuirle una tarjeta verde. La posibilidad de que usted pueda beneficiarse de una relación para obtener cierto estatus migratorio dependerá de la cercanía (y veracidad por supuesto) de la relación, pero además del tipo de estatus migratorio que su pariente tenga y que usted vaya a recibir por consecuencia.
Si quien otorga la residencia es un ciudadano estadounidense
Este es el supuesto que más posibilidades abarca para traer familiares al país ya que son las personas con ciudadanía las que pueden otorgar residencia a través de sus lazos a la mayor cantidad de individuos. Aquellos que pueden beneficiarse son sus cónyuges, prometidos, padres, hijos, hermanos y los hijos solteros menores de 21 de sus cónyuges.
Si quien otorga la residencia es un residente permanente legal
Aquellos que tienen una tarjeta verde permanente cuentan con posibilidades restringidas de ser espónsor para sus familiares. Las únicas personas que podrán beneficiarse son su cónyuge e hijos solteros, independientemente de su edad.
Si quien otorga la residencia es una persona refugiada o asilada
En el supuesto de que la persona que busca traer a un familiar a EE.UU. tenga estatus de asilado o refugiado, tendrá las mayores limitaciones al respecto. Solo podrá traer a su cónyuge e hijos solteros menores de 21 años de edad en el momento que hizo su primera solicitud de estatus de asilado o refugiado.
La ley estadounidense prevé todas estas posibilidades para reunir a residentes en el país con sus familias trayéndoles al país bajo distintas visas o tarjetas verdes. No obstante, el trámite puede ser complejo, extenso y abrumador, incluso en supuestos que deberían ser más sencillos como en tarjetas verdes para familiares directos. Es más, incluso puede ser un desafío probar una relación absolutamente verdadera. Llegar a ser un residente permanente legal es engorroso, pero recuerde, no es imposible si realiza el trámite con diligencia.